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Contratación de personal - Tarjeta Militar - No Requisito

¿Es requisito legal exigir la libreta militar para vincular a una persona a un empleo?

Respuesta: No es obligatorio

NORMA QUE REGIA. El artículo 36 numeral h) de la Ley 48 de 1993, establecía que los colombianos hasta los 50 años de edad, estaban obligados a presentar la tarjeta de reservista o tarjeta provisional militar, para tomar posesión de cargos públicos o privados, norma que fue derogada expresamente y rigió hasta el 6 de diciembre de 1995.
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Gustavo Gonzalez  - ddertgyuu   |2012-11-13 17:55:07
muy bueno el articulo
Mari pradis  - libretas militarr   |2014-07-27 02:15:39
Muy coherente con lo que rige
MARTHA CECILIA BARROS CANTILOL  - AGRADECIMIENTOS   |2015-01-25 22:17:14
Mil gracias, fue de gran ayuda me aclaro una duda con respecto al tema de la
libreta Militar para ocupar cargo publico.




MARTHA CECILIA BARROS
CANTILLO

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Última actualización el Jueves, 08 de Septiembre de 2022 13:18

 

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