• PDF
  • Imprimir
  • E-mail
Usar puntuación: / 488
MaloBueno 

Pensión de Vejez- Edad- Sector Privado


¿A qué edad se pensionan los colombianos en el sector privado?

R: Actualmente el hombre a los 62 años y la mujer a los 57 años en el Régimen de Prima Media y no hay edad en el Régimen de Ahorro Individual.

ANTES DE LA LEGISLACION ACTUAL.
· En 1.945 la edad para obtener una pensión vitalicia de jubilación era de 50 años tanto para el hombre como para la mujer, al completar 20 años de servicios continuos o discontinuos. Ley 6 de 1945, Art.14 literal c).

· En 1950 se modifica la edad para jubilarse en el sector privado al expedir el Código Sustantivo del Trabajo incrementando en 5 años la edad para el hombre o sea los 55 años y se mantiene los 50 para la mujer, al completar los 20 años de servicios continuos o discontinuos a una misma empresa. Decreto 2663 de 1950 Art. 265.

REGIMEN DEL ISS Con la creación del régimen pensional de Prima Media que administró inicialmente el ISS y ahora a cargo de Colpensiones, a partir del 1 de enero de 1967, se elevó a 60 años la edad para los hombres y 55 para las mujeres. Acuerdo 224 de 1966 del ISS ratificado por Decreto 3041 de 1966. Art. 11

A PARTIR DEL AÑO 2014.
La Ley 797 de 2003, Art. 9, numeral 1, estableció una nueva edad a partir del 1 de enero de 2014 así:

Mujeres: 57 años. (Las nacidas a partir del 1 de enero de 1959)

Varones: 62 años. (Los nacidos a partir del 1 de enero de 1954).

Esta fecha aplica para quienes no cumplían los requisitos del régimen de transición o teniéndolos no contaban con las 750 semanas cotizadas al 29 de julio de 2005, fecha de publicación del Acto Legislativo No 1 de 2005.

A PARTIR DEL AÑO 2015.
PARA QUIENES ESTABAN EN EL REGIMEN DE TRANSICION y cumplían el requisito de tener más 750 semanas al 29 de julio de 2005, podían pensionarse a los 55 años mujeres y 60 años hombres, hasta el 31 de diciembre de 2014, pues a partir del 1 de enero de 2015, todos los colombianos en el Régimen de Prima Media se pensionan así:

Mujeres: 57 años- (Las nacidas a partir del 1 de enero de 1960)

Varones: 62 años. (Los nacidos a partir del 1 de enero de 1955)

El Acto Legislativo No 1 de 2005, parágrafo transitorio 4, señala que hasta el 2014 regirá el régimen de transición, si bien no indica hasta qué día, para ello debe acudirse a las normas de interpretación legal, Ley 4 de 1913, artículo 59, que indica que “cuando se habla de días, meses o años, del que se haga mención legal, se entenderá que terminan a la media noche del último día de plazo" lo que significa que rigió hasta el 31 de diciembre de 2014. Este criterio ha quedado expresado por la Procuraduría General de la Nación en Circular 048 de 2010.

REQUISITO DE SEMANAS. Obviamente para pensionarse en las edades anteriormente señaladas en todos los casos se requiere tener el tiempo de servicio o las semanas de cotizaciones requeridas en cada caso.

REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL. En este Régimen, no existe una edad para pensionarse basta poseer el capital acumulado en la cuenta ahorro individual que permita obtener una pensión mensual superior al 110% del salario mínimo mensual vigente a fecha de expedición de la Ley 100, reajustado anualmente según la variación del IPC. Art 64 Ley 100 de 1993.

CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA

+/-
Escribir comentario
Nombre:
Email:
 
Título:
 
+/- Comentarios
Añadir nuevo
juan pablo  - excelente pagina   |2012-11-09 01:34:20
Felicitaciones. Muy buena pagina.
Emilia Pabuence Villamizar  - consulta   |2012-11-18 19:23:44
Buenas tardes:

Me encuentro cotizando pensión desde octubre del año 1979,
he trabajado todo este tiempo hasta la fecha con la misma empresa sector
privado, mi fecha de nacimiento es el 22 de noviembre del año 1959, mi pregunta
es me pensiono en al año 2014, de acuerdo a la mesa 14, en espera de su
asesoria, gracias
César Augusto Duque M  - Edad Pensión- Mesada 14   |2012-12-26 00:32:26
Para Usted pensionarse como mujer a los 55 años de edad, requiere demostrar
contar con 750 semanas cotizadas al inicio del regimen 1 de abril de 1994, si no
estaba para esa fecha en una entidad territorial, de lo contrario requeria
cumplirlas al 30 de junio de 1995
De no contar con esas semanas se pensionara
a los 57 años.
Usted ya no tendrà derecho a la mesada 14, pues esta ya quedo
eliminada totalmente para quienes su pensión se causan despues del 31 de julio
de 2011
Consuelo Gf  - muy buena   |2012-11-22 21:20:19
Me gusto mucho la pagina tiene buena informacion
Mario Riveros  - GRACIAS   |2013-02-12 02:19:24
Doctor muchas gracias, me aclara una duda que tenía al respecto; pues yo cumplo
los 60 años en octubre del 2014, y pertenezco al regimen de transicion (1400
semanas) y no tenía claridad si la ley cubria o no hasta el 31 de diciembre del
2014.
alejandro beleño  - pension de vejez y edad   |2013-03-26 00:19:04
le estoy muy agradesido con esos buenos comentarios he despejado ciertas dudas
que tenia en cuanto ala pension y sus edades y lo pasara para las personas en un
futuro. gracias
Ricardo Oliveros  - Edad de Pension   |2013-06-05 23:12:50
Muy buen articulo ejecutivo
BEATRIZ ELENA QUIROZ  - Nueva reforma pensional   |2015-03-25 10:19:55
Buenos días y miuchas graxias por este espacio.

ROLANDO ARTEAGA CORDOBA  - AGRADECIMIENTO   |2015-08-28 11:49:39
mUY BUENA INFORMACIÓN, CLARA Y CONCRETA
john f chavarriaga  - felicitaciones   |2016-01-11 22:06:20
lo felicito por esta pagina, bastante util.

3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved."

Última actualización el Sábado, 12 de Enero de 2019 15:16

 

SALARIOS Y PRESTACIONES MINIMO LEGAL

 

 ¿Cuáles son los salarios y prestaciones sociales mínimas, a que tiene derecho un trabajador colombiano en el año 2019?                             LEER MAS

SERVICIO DOMESTICO

 

¿Cuales son los salarios y prestaciones sociales mínimas, a que tiene derecho el servicio domestico en colombia en el año 2019?               LEER MAS  

"Comparte Tu conocimiento es una manera de lograr la inmortalidad"   Dalai Lama

REGISTRESE

Reciba gratis las actualizaciones



Consultas sobre Salarios

REDES SOCIALES

 

 

   

¿Qué temas legales prefiere que les conteste?
 

Riesgos Laborales

Free counter and web stats