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Indexación Primera Mesada Pensional- Fórmula Matemática- Corte Suprema de Justicia

¿Cómo calculo la indexación de la primera mesada de una pensión con la empresa, (Art 260 CST), si termine de trabajar en septiembre de 1991 y cumplí la edad en octubre de 1999, devengando el último año de servicios un promedio mensual de $280.200.?

Respuesta: Se aplica la Formula ratificada por la Corte Suprema de Justicia Rad 36900 de 2009.

FUNDAMENTO LEGAL. Artículos 48 y 53 C.N. Con base en el principio constitucional que” el Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales.”

CONCEPTO DE INDEXACION.. La indexación de las obligaciones es una figura que responde a un fenómeno económico derivado del proceso de depreciación de la moneda, cuya objetivo último es mantener en el tiempo su poder adquisitivo, de tal manera que, en aplicación de principios, tales como, el de equidad y de justicia, quede en esta forma protegido contra sus efectos nocivos.

ELEMENTOS DE LA FORMULA.. Se toma el valor monetario a actualizar y multiplicado por el índice final de precios al consumidor vigente a la fecha a partir de la cual se reconoció la pensión, dividido por el IPC inicial, así se obtiene el Índice Base de liquidación, al cual se le aplica el porcentaje respectivo.

IPC Final
------------ X VH = VA
IPC inicial

VA= IBL o valor actualizado.

VH= Valor histórico corresponde al último salario promedio mensual devengado por el trabajador en el último año de servicios.

IPC FINAL: Índice de precios al consumidor de la última anualidad en la fecha que se adquirió el derecho a la pensión. Si esta fecha es por ejemplo del año 1999, se toma el índice del año anterior, o sea el del año 1998, en este caso 52,1848.

IPC INICIAL=Índice de Precios al Consumidor de la última anualidad en la fecha de retiro o desvinculación del trabajador. Si la fecha de retiro es por ejemplo del año de 1991 se toma el índice del año de 1990 o sea 10.9610

POSICIONES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.  Ha cambiado en diferentes momentos por ejemplo la de la Sentencia 31 de julio de 2007 Rad 2902, en la cual utiliza un procedimiento bastante complicado.

Actualmente aplica la señalada en la Sentencia 30602 de diciembre 13 de 2007, ratificada en sentencia 36900 de 2009, en dichas sentencias la Corte Suprema de Justicia ha señalado que en lo sucesivo para determinar el ingreso base de liquidación de pensiones se aplicara la fórmula que aquí se ha reseñado, en esta forma señala la Corte recoge cualquier pronunciamiento anterior que resulte contrario con respecto a la fórmula que se hubiere venido empleado en casos similares.

EJEMPLO DE LA PREGUNTA.

IPC Final - año 1998= (52.1848)
----------------------------------------- X $280.200=$1.334.016,94
IPC Inicial -año 1990= (10.9610)

A este resultado se le aplica el porcentaje que le corresponda, para obtener el valor de la mesada mensual. Vgr. $1.334.016.94 X 75%=$1.000.512.71

AÑOS SIGUIENTES. Determinado el valor de la mesada actualizada para el año en que se reconoce la pensión, deberá incrementarse esta el primero de cada año, para los años subsiguientes, según la variación del IPC certificado por DANE para el año inmediatamente anterior.

INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR

AÑO

INDICE

AÑO

INDICE

1980

1.2893

1997

44.7159

1981

1.6304

1998

52.1848

1982

2.0222

1999

57.0024

1983

2.3587

2000

61.9890

1984

2.7899

2001

66.7289

1985

3.4163

2002

71.3951

1986

4.1319

2003

76.0291

1987

5.1244

2004

80.2089

1988

6.5656

2005

84.1029

1989

8.2807

2006

87.8690

1990

10.9610

2007

92.8723

1991

13.9012

2008

100.0000

1992

17.3951

2009

102.0018

1993

21.3277

2010

105.2365

1994

26.1469

2011

109.1574

1995

31.2371

2012 111.8158

1996

37.9965

2013 113.9825

Ve Índice de Precios Banco de la República

CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA

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carlos fabian bocanegra millan  - indexacion primera mesada pensional -formula matem   |2012-10-30 16:41:17
util y buena
gracias
ALBERTO ARENAS MORALES   |2012-11-24 12:46:47
breve pero preciso
Alirio Serna Medcalffe  - Conceptos emitidos   |2013-01-05 18:32:50
Dr. Cesar mas elemental y claro de lo que expresa en materia juridica, no puede
existir. Mil gracias por el aporte a la sociedad, profesionales integros, con
esa calidad humana son los que necesita Colombia.

Mil grcias
Anónimo   |2013-01-29 18:14:41
exelente document
Josè Rosemòn Rodriguez Hernànd  - Auxiliar contable   |2013-03-08 04:16:13
Me parece clara la explicaciòn difundida a travès de todo la exposiciòn
anotada.
Anónimo   |2013-03-21 22:59:33
bueno
MANUEL SARMIENTO MUÑOZ   |2013-06-16 00:55:29
EXCELENTE ARTICULO, ME FUE MUY UTIL. GRACIAS
HECTOR URIBE PARRA  - Agradecimiento y reconocimiento   |2013-11-03 22:46:21
Encuentro muy cívica, solidaria y práctica, en favor de la comunidad, su
pubicación de procedimientos tan útiles, prácticos y necesarios
cotidianamiente, como el publicado por Ustedes, relacionado con la indexación
de las sumas recibidas durante la vida laboral de una persona, para efectos
legales.

Por ello les reconozco todo el crédito y en nombre de la comunidad
de usuarios de su página, le doy mi sincero
agradecimiento.

Atentamente

HECTOR URIBE PARRA.
JOSE FERNANDO ARIZAQ  - comentario   |2014-01-24 13:06:08
Muy completa su explicacion forma de calculo
juan mejia   |2014-03-24 03:14:03
Muy util sus indicaciones
Edwin Guevara  - Reconocimiento   |2014-03-26 02:41:41
Dr Duque:
Es muy ilustrativa su pagina y nos da grandes luces para nuestras
inquietudes en el campo laboral.
Felicitaciones y que Dios lo guarde por mucho
tiempo.
Edwin
vera j. p. ibqnez  - abogado   |2014-03-30 21:37:23
me parece muy ilustrativo.
jose ariza jimenez  - liquidacion pension sustitutiva.   |2014-04-19 01:33:40
Muy clara la forma de calculo de la pension sustitytiva
sandra  - agradecimientos   |2014-05-27 05:04:19
gracias porque esta formula me permitira hacer una reliquidacion
francisco javier rengifo sanch  - liquidacion de penciones   |2014-09-23 03:51:15
grasias por tu trabajo es mu importante me esta siendo muy util
BELISARIO RUIZ HENAO  - Liquidación pensión de vejez   |2014-10-20 06:11:03
Agradezco sinceramente el favor que me ha hecho, al explicar con absoluta
claridad la manera de liquidar la pensión de vejez.
Luis Carlos Gutiérrez Díaz  - Indexación de la primera mesada pensional.   |2015-02-01 18:44:01
Muy buen artículo. Por lo sencillo, entendible y aplicable. Para cualquier
profesional.

Mil gracias,

LCGD.
jose uriel garzon s.  - Indexacion primera mesada pensional-fórmula   |2015-02-15 17:04:25
Gracias por compartir sus muy buenos concimientos, su SABER;me parece
maravilloso poder disfrutar de ellos.
maria luna  - ama de casa   |2015-03-19 02:38:59
me fue útil la información de los ipc anualizados, agradezco lo en contrado
ALFREDO MELÉNDEZ ORTÍZ  - ASESORÍAS LABORAL   |2015-03-25 10:20:40
Felicito al autor de éstas asesorías por cuanto son ilustrativas para abogados
que sean neófitos en materia de contabilidad y cálculos aritméticos.
J Benjamín Muñoz  - Agradecimiento   |2015-04-08 11:51:42
Le agradezco me haya permitido aclarar las dudas sobre la fórmula de
indexación de la pensión, muy claro y sencillo.
Gracias
gladis  - Excelente información   |2015-09-26 03:52:46
Muy buena la información registrada, por desconocimiento de la norma perdemos
muchos derechos al momento que nos liquidan la pensión
sandra Pabon  - Buena información   |2016-02-04 12:11:12
Gracias por ayudarme en mi ejercicio profesional. Bendiciones.
Fernando restrepo  - Indexación   |2016-07-21 11:25:30
Muy bueno y de gran ayuda.

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Última actualización el Jueves, 30 de Enero de 2014 01:17

 

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